La recientemente sancionada ley 27.802, centrada en modernización laboral, incorpora un título tributario con modificaciones relevantes en el Impuesto a las Ganancias. Hacemos a continuación un resumen de las disposiciones de mayor impacto:

1. Actualización de quebrantos impositivos
Se actualizan a partir de los ejercicios iniciados desde 1/1/2025, con lo cual se cierra la discusión interpretativa y se logra una mayor certeza jurídica hacia adelante, sin efecto retroactivo.

2. Exención de intereses de depósitos en moneda extranjera
Originalmente la exención regía solo para los intereses de los depósitos a plazo fijo en pesos. A partir de los ejercicios iniciados el 1/1/2026 también incluye plazos fijos en moneda extranjera.

3. Exención de alquileres de inmuebles para vivienda
Estará exento el resultado por alquiler de inmuebles destinados a casa habitación desde los años fiscales o ejercicios iniciados 1/1/2026. Sin límite de cantidad de propiedades.
La restricción es que si se aplica esta exención no se podrá deducir el 10% de alquileres (art. 85 inc. k).

4. Exención por venta de inmuebles
Esto se suma a la derogación previa del ITI. La vigencia es desde 1/1/2026. Adicionalmente, se exime el impuesto cedular sobre la enajenación de inmuebles.

5. Valuación de hacienda (feedlot / invernada)
A partir de los ejercicios que se inicien el 1/1/2026 se establece un criterio específico de valuación de existencias para los establecimientos de invernada y/o feedlot.
Las existencias de hacienda se podrán valuar utilizando los métodos previstos en los incisos a) o b) del artículo 57, según el tipo de ganado de que se trate.

6. Residencia fiscal por inversión
Se precisa el tratamiento de la residencia fiscal de las personas extranjeras que obtienen la ciudadanía argentina en virtud de realizar inversiones relevantes en el país. No serán considerados residentes fiscales en Argentina por el solo hecho de haber obtenido dicha ciudadanía. Estas personas seguirán siendo tratadas como extranjeros, salvo que ya hubieran tenido la condición de residentes permanentes en el país al momento de obtener la ciudadanía, en cuyo caso continuarán siendo considerados residentes fiscales. Esta medida rige desde 6/3/2026.

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